25/04/2024

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Educación

Juntas de disciplina. Ministerio de Educación. CABA

2 minutos de lectura

¿Qué son las Juntas de Disciplina Docente?
La Junta de Disciplina es un organismo permanente que desempeña las funciones previstas en el Artículo 45 (Pág. 63) del vigente Estatuto Docente

¿Cuáles son las funciones de la Junta de Disciplina?

a) Aconsejar las medidas disciplinarias que correspondan en cada caso.

b) Emitir opinión fundada sobre la procedencia de instrucción de un sumario administrativo.

c) Expedirse con carácter previo a la formulación de cargos por parte de la Dirección de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, proponiendo, en caso de corresponder, las diligencias que se consideren necesarias para la mejor sustanciación del sumario instruido. La Dirección de Sumarios evaluará la pertinencia de adoptar las medidas instructorias propuestas por la Junta de Disciplina, o bien de proceder sin más a la notificación de los cargos.

d) Observar las fallas incurridas en el transcurso del sumario y proponer las medidas para su saneamiento.

e) Dictaminar en el caso de solicitud de ampliación o reapertura del sumario.

f) Dictaminar en los casos en que el personal afectado por alguna de las sanciones enumeradas en el artículo 36 del estatuto recurra las mismas.

g) Fundamentar los dictámenes que produzca, de conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por decreto N.° 1510/GCBA/97 (BOCBA N.° 310).

h) Recabar, de los órganos públicos pertinentes, informes sobre antecedentes o actuaciones sumariales que fueran instruidas al personal.

VER: Teléfonos y direcciones de la Junta de Clasificación y Disciplina del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

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