Reuniones sociales: qué dice el nuevo DNU de Alberto Fernández
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La autorización para las reuniones sociales de hasta 10 personas en espacios al aire libre, con distancia mínima de dos metros y tapabocas, quedó oficializada con la publicación del DNU 714/2020 que establece las nuevas condiciones del distanciamiento y el aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus.
En el artículo 26, el DNU estableció que estas reuniones se pueden realizar en «espacios públicos o de acceso público al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros y utilicen tapabocas». Deben darse, además, en «estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y nacional».
Además, la norma aclara que, para este fin, «no podrá utilizarse el servicio público de pasajeros de colectivos, trenes o subtes», que sigue reservado para uso exclusivo de trabajadores y trabajadoras esenciales.
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